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ACEPTACION DE HERENCIA A BENEFICIO DE INVENTARIO

Acción de Aceptación de Herencia a Beneficio de Inventario:

El solicitante acepta la herencia del fallecido pero bajo la condición de que solo será responsable de las deudas del causante hasta el monto del valor de los bienes heredados. Es decir, el heredero no responderá con su propio patrimonio por las deudas del difunto más allá del valor de los bienes recibidos.

Contenido del Escrito

Identificación de las Partes:

Abogado: Identificado como el apoderado judicial, proporciona su información profesional y la inscripción en el Inpreabogado.

Poderdante (heredero): Es la persona a favor de la cual se presenta la solicitud, con toda su información personal.

Contexto de la Herencia:

Fallecimiento del Causante: Se menciona la fecha y lugar del fallecimiento del ciudadano que dejó el testamento, y se adjunta la partida de defunción.

Testamento Abierto: Se presenta el testamento abierto registrado en el Registro Público, indicando que el causante instituyó a los herederos mencionados en el testamento, incluyendo al poderdante.

Declaración Formal de Aceptación:

Artículo 1.023 del Código Civil: El escrito se basa en este artículo, que establece que el heredero puede aceptar la herencia bajo beneficio de inventario. Esto implica que la aceptación se realiza formalmente ante el tribunal y se publica para conocimiento público.

Solicitud de Admisión del Escrito: Se pide al juez que admita el escrito y dé inicio al procedimiento correspondiente, lo que incluye la publicación del hecho y la fijación de edictos para notificar a los interesados.

Aspectos Legales

Beneficio de Inventario: Es una garantía legal para los herederos, protegiéndolos de la responsabilidad ilimitada por las deudas del causante. Al aceptar la herencia bajo este beneficio, el heredero limita su responsabilidad a los bienes heredados.

Requisitos de Publicidad:

Declaración por Escrito: Según el artículo 1.023 del Código Civil, la aceptación de herencia debe ser formalizada por escrito ante el tribunal correspondiente.

Publicación y Edictos: Se requiere la publicación del extracto en un periódico oficial y la fijación de edictos en la puerta del tribunal para informar a cualquier interesado sobre el proceso de aceptación de herencia.

En resumen, el escrito solicita formalmente al tribunal la aceptación de la herencia a beneficio de inventario, asegurando que el poderdante no asumirá más responsabilidades que las que correspondan al valor de los bienes heredados, y busca iniciar el proceso legal para formalizar dicha aceptación.


ACCION DE ACEPTACION DE HERENCIA A BENEFICIO DE INVENTARIO

CIUDADANO
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL DE
SU DESPACHO

Yo, Dr. Juan Pérez, abogado venezolano en ejercicio y de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 12345, en mi carácter de Apoderado judicial de la ciudadana Ana María Gómez, quien es mayor de edad, de este domicilio, de nacionalidad venezolana, de profesión contadora, de estado civil casada y titular de la Cédula de Identidad No. 12345678, según consta de Poder notariado que acompaño marcado con la letra “A”, con la venia de estilo, ante usted, ocurro y expongo:

El ciudadano Carlos Gómez, quien falleció el día 15 de julio de 2023 en jurisdicción de Maracaibo, como consta de la copia certificada de la Partida de Defunción que acompaño marcada con la letra “B”, dejó un testamento abierto registrado ante la Oficina Subalterna del Registro de Circuito de Registro Público del Estado Zulia de fecha 22 de marzo de 2021, bajo el No. 456, Protocolo 10, Tomo 15, Trimestre I, instituyendo a mi Poderdante y a los ciudadanos Pedro Fernández, quien es de nacionalidad venezolana, de profesión médico, de estado civil soltero, mayor de edad, de este domicilio, y con Cédula de Identidad No. 87654321, y María López, quien es de nacionalidad venezolana, de profesión abogada, de estado civil casada, mayor de edad, de este domicilio, y con Cédula de Identidad No. 23456789, como sus únicos y universales herederos conforme consta de dicho testamento abierto, que acompaño marcado con la letra “C”.

En virtud de lo expuesto y de conformidad con el texto del artículo 1.023 del Código Civil Vigente, acudo ante su competente autoridad para declarar expresa y formalmente en nombre de mi Poderdante, que el mismo acepta, a Beneficio de Inventario, la herencia que le fuere deferida por su causante. Ruego a usted, se sirva admitir el presente escrito con todos los Pronunciamientos de Ley y dar en esa forma inicio al procedimiento correspondiente. Es Justicia que espero en la ciudad de Maracaibo, a los 10 días del mes de agosto del año 2024.

Firma del abogado Apoderado del solicitante

NOTA: Artículo 1.023 del Código Civil: “La declaración del heredero que pretende tomar este carácter bajo beneficio de inventario, se hará por escrito ante el Tribunal de Primera Instancia del lugar donde se abrió la sucesión, se publicará en extracto en un periódico oficial o en otro a falta de éste, y se fijará por edictos en la puerta del Tribunal”.

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